La comisión de Salud Pública del Ayuntamiento de la ciudad argentina de Córdoba, ha aprobado por mayoría y con modificaciones, el proyecto para declarar a esta capital “Ciudad Amigable para Celíacos", iniciado por el concejal Lucas Cavallo del UCR.
El objetivo del proyecto es difundir y
concientizar acerca de los alcances de la enfermedad celíaca y promover
la progresiva implementación de medidas que permitan alcanzar un nivel
pleno de inclusión social de aquellas personas que la padecen.
Todo local gastronómico (bares,
restaurantes, casas de comida, hoteles, entre otros), que ofrezca menús
libres de gluten deberá adherirse a la iniciativa y registrarse como “comercios amigables para celíacos”. En caso de que no se adhieran, deberán colocar un cartel que anuncie “este local no cuenta con menú apto para celíacos”.
Los locales de la modalidad de tenedor libre deberán tener los alimentos libres de TACC
en un sector diferenciado y con la correspondiente cartelería. Todos
los establecimientos gastronómicos deberán acreditar en el término de 24
meses de publicada esta ordenanza, la realización de un curso gratuito
de capacitación sobre la elaboración y el tratamiento de los alimentos
sin gluten, que dictará Calidad Alimentaria.
Transcurrido este plazo, será requisito
para obtener la habilitación comercial. Quedan exentos del curso los
locales que elaboren y vendan productos principales con contenido de
gluten (pizzerías, heladerías, bombonerías, panaderías, venta de
empanadas, de sandwich).
Calidad Alimentaria elaborará
un listado de los comercios amigables adheridos, para ser incluidos
gratuitamente en las publicidades digitales y cartillas gráficas de
promoción turística de la ciudad de Córdoba y en las páginas del
Ayuntamiento de la ciudad.
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martes, 9 de octubre de 2012
Córdoba: sentando un antecedente APTO
En el día de hoy, la ciudad argentina de Córdoba declarada "Ciudad Amigable para Celíacos". Con el fin de difundir esta noticia, ya que marca un antecedente en nuestro país, compartimos la nota publicada por infoceliaco.com
sábado, 6 de octubre de 2012
Ley Celíaca de Río Negro
En la provincia de Río Negro rige desde el año 2003 la ley N° 3772. Prevé un tratamiento terapéutico y atención y cobertura médica para los
celíacos.
Te dejamos una síntesis sobre el contenido de la ley celíaca rionegrina.
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viernes, 28 de septiembre de 2012
Harinas sin T.A.C.C aptas para celíacos
Cuando se determina que una persona es celíaca, es necesario
realizar cambios en los hábitos alimentarios ya que existen harinas que se
encuentran prohibidas.
Te presentamos reemplazos de harinas prohibidas
en celiaquía, para realizar recetas sin glúten. Estas harinas sin TACC aptas para celíacos son muy útiles para realizar distintas preparaciones y recetas.
Harinas sin TACC aptas para celiacos:
1. Harina que
reemplaza a la harina común
Ingredientes:
- 300 gr. de harina de mandioca.
- 300 gr. harina de arroz.
- 400 gr. de maicena.
Preparación:
Mezclar las harinas y tamizar. Se envasa y se rotula.
2. Leudante sin TACC
Ingredientes
- 50 gr. de bicarbonato de sodio.
- 50 gr. de ácido tartárico.
- 250 gr. de maicena o mandioca.
Preparación:
Mezclar y guardar en un envase hermético. Rotular.
Estos reemplazos de harinas prohibidas en celiaquía son de
mucha utilidad para poder realizar preparaciones sin TACC aptas para personas
celiacas.
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miércoles, 19 de septiembre de 2012
Ipross deberá brindar cobertura asistencial a celíacos
En Bariloche se hizo lugar, en forma parcial, a un amparo presentado por una mujer y su hija, ambas celíacas. Solicitan a la obra social Ipross, la cobertura del tratamiento y provisión de alimentos.
Fue presentado ante el Juez Civil, Comercial y de Minería Jorge Serra. El Ipross deberá otorgar las órdenes de análisis respectivas en forma previa y conforme la periodicidad indicada por los profesionales tratantes.
También se dio intervención al Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Río Negro, para que preste asistencia alimentaria a las dos mujeres. Se notificó al organismo para que en el plazo de diez días, informe al Tribunal la cobertura otorgada, ya que si se incumple se tomaran medidas.
Fundamentos del Fallo:
El Juez Serra consignó "...Dicho esto, debe recordarse que la acción de amparo es de carácter excepcional y que solo procede en casos de arbitrariedad y/o ilegalidad manifiesta, debiendo concurrir además los requisitos de urgencia, agotamiento de la vía administrativa previa e inexistencia de otra vía idónea, entre otros.
En el caso en análisis, más allá del criterio amplio con que he analizado dichos requisitos tratándose de cuestiones de salud, entiendo que el IPROSS no habría actuado con arbitrariedad y/o ilegalidad manifiesta en cuanto se refiere a la cobertura de alimentación.
Ello así, ya que la ley 3772 que rige en el ámbito Provincial establece con toda claridad que la autoridad de aplicación y el Instituto Provincial del Seguro de Salud (I.PRO.S.S.) brindarán cobertura a las prestaciones médicas para la detección, diagnóstico y seguimiento de las personas celíacas (art. 6º), pero en el caso de la asistencia alimentaria, la misma queda a cargo de autoridad de aplicación, que prestará asistencia alimentaria a las personas celíacas, en aquellos casos que no cuenten con los recursos necesarios para acceder al tratamiento terapéutico alimentario especial requerido. (art. 7º).
Al tiempo que agregó: "... Sin perjuicio de lo expuesto y en atención a lo dispuesto por el referido Art. 7° de la Ley 3772, corresponde dar intervención a la Autoridad de Aplicación de dicha norma, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, a fin que preste "...asistencia alimentaria..." a la amparista y su hija menor, de conformidad con el texto del artículo mencionado. En este sentido,en el plazo de diez días de recepcionado el oficio respectivo, deberá informarse al Tribunal la cobertura otorgada, teniendo en consideración a los fines de la misma, que en el caso de uno de los pacientes, se trata de una niña, por lo que su otorgamiento debe ser analizado, en los términos de la Convención de los Derechos del Niño (art. 3º.) y demás normas referidas por el Defensor de Menores .
Ahora bien, en cuanto se refiere a los análisis períodicos que deben realizarse las pacientes, estimo que deberá intimarse al IPROSS, a los fines de que en lo sucesivos se otorguen las órdenes respectivas en forma previa no debiendo recurrirse al sistema de reintegros u otros mecanismo que impliquen que el paciente deba afrontar el costos de los mismos en forma previa.
Información: Elena Ruiz - Delegada de Prensa III Circunscripción Judicial
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domingo, 16 de septiembre de 2012
Historia y Presente de Acela
Con una trayectoria de 39 años, asistiendo y acompañando a los celíacos
del país y del mundo, Acela es pionera en la tarea de informar e
impulsar la investigacion de la Enfermedad Celíaca.
Alicia Greco, Presidente de Acela, nos cuenta cómo fueron los primeros pasos para la conformación de Asistencia al Celiaco de Argentina.
Alicia Greco, Presidente de Acela, nos cuenta cómo fueron los primeros pasos para la conformación de Asistencia al Celiaco de Argentina.
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sábado, 8 de septiembre de 2012
Río Negro otorga beneficio para celíacos
El Gobierno de Río Negro, a través del Ministerio de Desarrollo Social, abonará el Programa de Asistencia al Celíaco.
Son 530 los rionegrinos que reciben una prestación. El monto asignado de 150 pesos mensuales y con la modalidad de la tarjeta social.
La inversión de Provincia al programa alcanza los 78 mil pesos mensuales.
El monto es para afrontar los elevados gastos de la dieta especial para celíacos.
Los requisitos para acceder a los beneficios de la ley son
tener domicilio en la provincia y acreditar el diagnóstico con su respectivo
plan de tratamiento pedido por el médico tratante.
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jueves, 6 de septiembre de 2012
EC en Primera Persona: La historia de Matias
Matías tiene 9 años. Le detectaron la enfermedad celíaca luego
de más de dos años de los primeros síntomas.
Su papá, Diego, nos contó que confirmaron el
diagnóstico luego de que uno de los
doctores le hizo el estudio de celiaquía.
Diego nos explicó que cuida la calidad de vida de su hijo, siguiendo
una conducta alimenticia y acompañado de controles periódicos.
Agradecemos a Diego y a Matías, por su buena predisposición.
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